Resumen: "Ricardo Barona Betancourt"
Criterio Juridico
La Constitución Política de 1991, declara desde su artículo 1 que Colombia “es un Estado social de derecho”, por tal razón, el Estado tiene un papel de promotor del desarrollo y la justicia sociales, para combatir las desigualdades humanas con sus mecanismos políticos y económicos
Y en razón de que de ellos se desprenden variadas
y complejas relaciones sociales concurrentes y divergentes
en punto a los intereses que en ellas se traban.
- Fecha de recepción: marzo 24 de 2010
- Fecha de aprobación: mayo 6 de 2010
PRINCIPIOS:
FAVORABILIDAD:
El principio de favorabilidad
indica que cuando coexistan
normas laborales de distinto
origen, que regulan una misma
materia y se aplican a la solución
del mismo caso, en este evento
se aplica la norma más favorable
al trabajador.
Sin embargo, saber si una norma
es o no favorable a un trabajador
no depende de la apreciación
subjetiva de los interesados, sino
que se resuelve objetivamente en
función de los motivos que han
inspirado las normas.
Este principio está consagrado
en la legislación colombiana de
la siguiente manera:
Constitución Política (artículo
53).
situación más favorable al
trabajador en caso de duda en
la aplicación e interpretación
de las fuentes formales del
derecho.
PRIMACIA DE LA REALIDAD:
Según el (artículo 53) de la Constitución
Nacional, entre los principios
que debe tener en cuenta
la ley que expida el estatuto del
trabajo, se enuncia el de:
primacía de la realidad sobre
las formalidades establecidas
por los sujetos de las relaciones
laborales.
Este principio puede enunciarse
diciendo que, en materia laboral,
deben preferirse los datos
que ofrece la realidad por sobre
aquéllos que figuren formalmente
en acuerdos o documentos.
ESTABILIDAD:
En Colombia consagran la estabilidad en el empleo los (artículos 53 y 125) de la Constitución. El primero es alusivo a todos los trabajadores y el segundo aplicable a los servidores del Estado.
Por tal razón, la estabilidad en el empleo tiene un doble fin, derivado del principio de seguridad. Por un lado, garantizar un medio para el sustento vital y, por otro, garantizar la trascendencia del individuo en la sociedad por medio del trabajo.
Los principales ejemplos del principio de estabilidad son:
CONDICION MAS BENEFICIOSA:
El inciso final del (art. 53) de la Constitución nacional dispone:
La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los traba
jadores.
IRRENUNCIABILIDAD:
Uno de los principios enunciados por el (artículo 53) de la Constitución es el de “… Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales.
La irrenunciabilidad también se consagra a nivel legal en el artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo cuando nos indica: Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.
DERECHOS ADQUIRIDOS:
En relación con los derechos adquiridos analizaremos diferentes definiciones adoptadas por la jurisprudencia y la doctrina:
La sentencia del Consejo de Estado, de junio 6 de 1996, establece:
Los derechos adquiridos que, de acuerdo con la doctrina, son aquellos que han ingresado al patrimonio del titular del derecho.
MINIMO VITAL:
LAVEl mínimo vital es, sin lugar a dudas, un principio constitucional que debe ser garantizado por el Estado. Consiste en mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores en aras de no desmejorar su calidad de vida; lo que se busca es dar la opción de progreso.
En Colombia consagran la estabilidad en el empleo los (artículos 53 y 125) de la Constitución. El primero es alusivo a todos los trabajadores y el segundo aplicable a los servidores del Estado.
Por tal razón, la estabilidad en el empleo tiene un doble fin, derivado del principio de seguridad. Por un lado, garantizar un medio para el sustento vital y, por otro, garantizar la trascendencia del individuo en la sociedad por medio del trabajo.
Los principales ejemplos del principio de estabilidad son:
- Los empleados públicos de carrera administrativa.
- El fuero sindical.
- El fuero de maternidad.
- El fuero circunstancial.
- El fuero por discapacidad.
CONDICION MAS BENEFICIOSA:
El inciso final del (art. 53) de la Constitución nacional dispone:
La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los traba
jadores.
IRRENUNCIABILIDAD:
Uno de los principios enunciados por el (artículo 53) de la Constitución es el de “… Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales.
La irrenunciabilidad también se consagra a nivel legal en el artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo cuando nos indica: Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.
DERECHOS ADQUIRIDOS:
En relación con los derechos adquiridos analizaremos diferentes definiciones adoptadas por la jurisprudencia y la doctrina:
La sentencia del Consejo de Estado, de junio 6 de 1996, establece:
Los derechos adquiridos que, de acuerdo con la doctrina, son aquellos que han ingresado al patrimonio del titular del derecho.
MINIMO VITAL:
LAVEl mínimo vital es, sin lugar a dudas, un principio constitucional que debe ser garantizado por el Estado. Consiste en mantener la capacidad adquisitiva de los trabajadores en aras de no desmejorar su calidad de vida; lo que se busca es dar la opción de progreso.

Esta muy bien tu blog, lo hiciste muy completo.
ResponderEliminarJuan David, esta muy bien tu blogger, muy buenas imagenes y muy completo
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